Sueños, Salud y Muerte. Compromiso adquirido por las Acciones de Tutela

Por Diego Alejandro Londoño Molina

androide_paranoico4@hotmail.com

honestidad.brutal01@gmail.com

Son las ocho en punto de la mañana y me dirijo hacia el cuarto piso del Centro Administrativo Municipal de itagüi CAMI, donde esta ubicado el Juzgado Primero Penal Municipal. Es una mañana gris, fría, el ruido del tráfico aturde la gente, que pasa desprevenida. En solo un segundo estoy rodeado por una gran mole, todo un bosque con pinceladas de cemento. Ingreso al recinto, camino despacio, el aire se torna denso, hostil, la palabra en susurros espía la confrontación, la suerte vuelta un sueño invade cada una de las salas de audiencia.

Los casos e historias existentes en este lugar son miles, comunes para quienes lo frecuentan, inusuales para otros que a diferencia, evaden o ignoran. De todos estos casos la gran mayoría son acciones de tutela, afirma el escribiente del juzgado Juan Alberto Zapata; esto se debe probablemente a su trabajo por la defensa de los derechos humanos y que están fácilmente al alcance de todos los ciudadanos, entre ellas las más frecuentes a su vez son las relacionadas con el derecho fundamental de la salud.

Me encuentro con una historia especial, me llama la atención porque muestra la realidad de como el derecho a la salud se ve degradado totalmente hasta el punto de presión, en ocasiones estos casos quedan en la impunidad por falta de información y conocimiento de nuestros derechos fundamentales. Es el caso de un taxista de 24 años, que luego de una angustiosa y sufrida espera, encuentra la tranquilidad y la oportunidad con la que sueñan cada uno de los pacientes que necesitan un riñón para vivir, luego de la espera por fin recibe su trasplante; fue muy afortunado, ya que según la Agencia de Noticias de la Universidad Nacional de Colombia sede Bogota; en Colombia hay cerca de 17 mil pacientes en diálisis que es el procedimiento médico a seguir después que los riñones dejan de funcionar, de estos, a sólo un 10 % es decir 1,700 se les hace el trasplante, mientras que un 10%, 1,530 pacientes pueden morir durante los dos próximos años esperando un riñón.

A principios de 2008, a pesar que el paciente recibió el trasplante de riñón, requería una droga mensual por un año para la adaptación de este nuevo órgano, incluida en el POS y con un valor cercano al $1’500.000; que para la mayoría de las personas seria imposible de sostener a pesar que su vida dependa de ello y de su inmediatez. Luego de la cirugía, su EPS nunca se la entregó y tras visitar continuamente la entidad en busca de soluciones y encontrar solo excusas y rechazos, se ve obligado a entablar contra ella una acción de tutela como único medio para hacer valer su derecho fundamental a la Salud; la acción de tutela es entonces, la primera opción que garantiza a todas las personas la protección judicial e inmediata de sus derechos fundamentales. Es importante este último aspecto pues en este caso por ejemplo, se requiere una respuesta rápida y eficaz, ya que la vida del paciente depende de ella. La acción de tutela cuenta con 10 días hábiles para dar un fallo, aunque si la situación no puede esperar 10 días, se puede pedir al juez desde el mismo momento de la presentación de la acción de tutela, que ordene las medidas de conservación o seguridad necesarias para proteger el derecho amenazado o vulnerado, puntualiza el escribiente del juzgado.

Proferido el fallo, en este caso a favor del denunciante, se conceden 48 horas correspondientes a cinco días laborales para que la EPS cumpla la decisión del juez encargado, es decir, la entidad en este caso le debe entregar la droga al paciente a tiempo y hasta el término de su tratamiento. Luego del plazo y que la petición hecha por el juzgado no se cumpliera, el denunciante regresó a las instalaciones de la EPS buscando una alternativa de conciliación, encontrando solo evasivas y distorsiones en la información, deplorando así la calidad de la prestación del servicio nuevamente.

Al ver la sencillez en el tramite e intervención de una acción de tutela se puede pensar que no es de completa efectividad, pero por ser el único mecanismo para la defensa de los derechos fundamentales no se queda en un simple fallo, trasciende hasta el punto que en casi la totalidad de los casos se vela y restaura la integridad de la persona. Luego del fallo existe otra intervención penal insistente y verídica que toma decisiones más radicales; si no se cumple con el fallo, el denunciante debe recurrir nuevamente al juzgado y este sancionará por desacato a la persona responsable de la entidad que no procedió conforme a lo ordenado y se adoptarán directamente todas las medidas para el cabal cumplimiento del fallo otorgado; en este caso a la gerente de la EPS, con la que el juez inicialmente intento comunicarse y ante lo cual se encontró en una situación similar a la del denunciante a pesar de su autoridad en el caso, tras continuas negaciones, el juez dicta el correspondiente procedimiento disciplinario contra ella y la sentencia a 10 días de cárcel o hasta el término del cumplimiento total del fallo de la tutela.

Como medida inmediata y como si lo más importante no fuera la vida del paciente sino la libertad del denunciado, el paciente recibe una amable llamada de su EPS y la droga que tanto espero llega por fin a su casa, para demostrar con un poco de cinismo el contacto que la EPS mantiene con sus pacientes y la preocupación continúa por su integridad.

De esta manera, la degradación total de la prestación de servicios vitales en nuestro país, llega al punto que importan más los intereses económicos de un colectivo, que la vida y la integridad física de un individuo. La labor bajo presión se ha convertido en el detonador que remedia los daños de una forma irónica, resignada, insensible, manteniendo así su perfil de buen trato, servicio, cuidado y atención con los pacientes.

Al final, al salir de esta hipnotizante y desconcertante historia que se esconde tras un cúmulo de papeles empolvados, enumerados, vacíos de sentimientos y esperanza, que piden un poco de atención, sigue latente el corazón de un hombre luchador que vio su vida como algo más que un sueño por cumplir, que no se dejo vencer tras las adversidades, que pensó en su familia y su integridad y encontró en la acción de tutela, un mecanismo de defensa que creía no existía en una sociedad de injusticias a flor de piel.

0 comentarios: